VISITAS Y CUSTODIA DEL MENOR

VISITAS Y CUSTODIA DEL MENOR

Después de la separación de los padres, viene un proceso muy sensible sobre cómo va a continuar la relación con los hijos, es conveniente regular un régimen de visitas.

¿Cómo se regula el régimen de visitas?

Nuestra política es siempre tratar de llegar a un acuerdo en régimen de visitas en para mantener las buenas relaciones entre los padres, cuidando en primer lugar los derechos del niño.

El incumplimiento de régimen de visitas se da por ejemplo; cuando el padre o madre custodio se niega a entregar al niño o niña, ya sea en forma permanente u ocasional.

Se debe dejar constancia del incumplimiento del régimen de visitas ante la policía, asimismo, y recurrir al abogado especialista en familia, para que utilice los medios de presión necesarios para que requieran a la padre o madre a dar cumplimiento, en casos de persistir en el incumplimiento se pueden derivar consecuencias penales.

¿Cómo se determina la custodia?

Un tema a zanjar una vez separados los padres, es cuál de ellos ejercerá la custodia de los hijos, esto implica determinar quién vivirá principalmente con el niño.

Puede ser determinada de común acuerdo entre los padres, ya sea que se acuerde que la ejerza uno de ellos en forma exclusiva, o ambos en forma compartida.

De no mediar acuerdo, la custodia debe ser determinada mediante sentencia judicial que implicaría presentar una demanda de custodia lo cual se realiza a través de un abogado especialista en derecho de familia. El juez fallará de acuerdo al interés superior del niño.

¿Qué pruebas son relevantes para obtener la custodia?

Se debe aportar documentación referente al certificado de nacimiento del niño y cualquier informe que sea relevante para acreditar la idoneidad del padre o madre que quiere la custodia, como por ejemplo; informes escolares y psicológicos.

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