RESPONSABILIDAD CIVIL

RESPONSABILIDAD CIVIL
La responsabilidad civil se produce cuando hemos sido víctimas u ofensores y se ha producido un daño que se debe reparar con dinero. Por ejemplo, en el caso de un accidente vehicular se produce una responsabilidad civil por los daños del vehículo, en este caso se debe presentar una demanda civil.
El plazo para presentar una reclamación por responsabilidad civil es de 5 años si deriva de una relación contractual, en este caso se cuenta desde que se incumplió una de las obligaciones del contrato, surgieron unos daños y una de las partes está obligada a indemnizar.
Si por otro lado los daños no surgieran de una relación contractual (por ejemplo, un accidente de coche) el plazo para reclamar es de 1 año, desde que tuvo conocimiento el agraviado del daño causado.
¿Cómo se acredita la Responsabilidad Civil?
La responsabilidad civil se debe probar, y en estos casos podemos acompañar al Juzgado documentos y testigos, por ejemplo, en el caso del accidente vehicular se pueden presentar fotografías del choque y el presupuesto por la reparación.
Procedimiento Monitorio
Es una vía rápida y ágil para la reclamación de deudas de dinero, ya que únicamente será necesario presentarse ante el Juez si el deudor se opone a la reclamación presentada.
Lo que la diferencia el procedimiento monitorio de un procedimiento habitual de reclamación es que si presentamos determinados documentos junto con nuestra demanda, el Juez dictará una resolución que podrá ser directamente ejecutiva (es decir, se podrá iniciar un embargo).
Esos documentos consisten en facturas impagas, albaranes de entrega, certificaciones, órdenes de compra…
Si no el deudor no se opone a la reclamación presentada dentro del plazo de 20 dias, ni tampoco paga, lo normal es que se proceda al embargo. Si se opone, cambiará el procedimiento y se iniciará un procedimiento habitual de reclamación de cantidad.
Procedimiento de ejecución
El procedimiento de ejecución permite un proceso de cobro rápido, en cuanto se puede cobrar sin mediar controversia inicial entre demandante y demandado, procediendo al embargo de bienes en forma acelerada, se aplica cuando existe un “título ejecutivo” como, por ejemplo; una sentencia que ordene un pago, una escritura pública, títulos al portador o nominativos vencidos y exigibles, tales como letras, pagares o talones.
El caso más habitual es el de ejecución de sentencias. Imagínese que ha ganado un asunto legal en la que reclamabas una deuda, pero a pesar de haber una sentencia que obliga a la otra parte a abonarle la deuda, se niega a hacerlo.
No se preocupe, podemos legalmente obligar a que cumpla la sentencia iniciando un procedimiento de ejecución. En este procedimiento se podrá investigar todos sus bienes para observar si puede pagar o no y en caso positivo, ordenar embargos en sus cuentas bancarias.