PRESENTACIÓN DE CUENTAS ANUALES

PRESENTACIÓN DE CUENTAS ANUALES

Introducción

 Tus estados financieros hablan de la estructura económica de tu empresa y permiten sopesar el grado de solidez y robustez de la misma.

Por ello, si quieres estar al día con todas las formalidades relacionadas con tus cuentas anuales y mostrar una cara atractiva a eventuales inversores, invierte tú mismo en ella buscando asesoría a la altura.

¿Tienes dudas?

No te quedes con ellas y deja tu consulta en el formulario a continuación:

Preguntas frecuentes

¿Qué son las cuentas anuales?

Cuando hablamos de Cuentas Anuales nos referimos básicamente a los diferentes documentos contables en el que las empresas resguardan y dan cuenta de toda su información financiera.

Estamos hablando de documentos tales como el balance de situación, la cuenta de resultados, los estados de cambios del patrimonio neto y los estados de flujos.

¿Qué tipos de empresas deben cumplir con realizar cuentas anuales?

Los tipos de empresas que tienen la obligación de presentar cuentas anuales son las sociedades anónimas, las sociedades limitadas, las sociedades comanditarias por acciones, las sociedades comanditarias de garantía recíproca, los fondos de pensiones y sociedades extranjeras con sucursal en España.

¿Por qué es importante conocer con precisión las cuentas anuales?

La importancia de las cuentas anuales radica principalmente en el rol que tienen de mostrar con claridad el ejercicio económico de un año de la empresa.

Es a través de estos documentos que podemos entender con claridad asuntos tales como:

  • las formas de financiación de la empresa
  • sus deudas financieras
  • su margen de solvencia
  • sus ingresos brutos y netos
  • los impuestos que paga
  • sus costes de producción y,
  • la depreciación de activos, entre otros.

¿Debo presentar mis cuentas anuales en mi calidad de empresario individual?

No. Los empresarios individuales están exentos de presentar sus cuentas anuales.

¿Cuál es el riesgo de no presentar las cuentas anuales?

El artículo 283 de la Ley de Sociedades de Capital establece que la no presentación de las cuentas anuales pueden derivar en una multa de 1.200 a 60.000 euros.

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