IMPUESTOS SOBRE SOCIEDADES

ESTUDIOS DE MERCADO

Impuestos sobre sociedades:

Introducción

El Impuesto a Sociedades (IS) es, junto al IRPF ( Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), uno de los pilares más importantes para el sostenimiento del gasto público.

Como buena parte de las actividades impositivas, la misma tiene características qué es imprescindible conocer para no caer en errores o incumplimientos.

En las preguntas frecuentes de este apartado, te damos algunos de los rasgos principales relacionados con este impuesto pero si tienes preguntas más puntuales relacionadas con tu propia sociedad te sugerimos dejar tu consulta en el formulario a continuación.

Preguntas frecuentes

¿Qué es y quiénes pagan el Impuestos sobre Sociedades?

El impuesto de sociedades debe ser presentado por toda persona jurídica y también por algunas entidades que carecen de personalidad jurídica. Este es el listado de las entidades que deben presentar este impuesto que pone un gravamen sobre los beneficios obtenidos durante un año de ejercicio.

  • Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales, sociedades cooperativas, sociedades unipersonales y agrarias de transformación.
  • Sociedades mercantiles (anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas, laborales, etcétera).
  • Sociedades civiles con objeto mercantil.
  • Entes públicos y agrupaciones de interés económico (AIE).
  • Fundaciones e instituciones (públicas y privadas).

Como lo dijimos antes, existen también entidades sin personalidad jurídica que se hallan también expuestas a este impuesto. Podemos citar entre ellas a las siguientes:

  • Fondos de pensiones, inversión, capital-riesgo, regulación del mercado hipotecario, titulización, de garantía de inversiones y de activos bancarios.
  • Uniones temporales de empresas (UTE).
  • Comunidades de titulares de montes vecinales en mano común.

Exenciones Impuesto sobre Sociedades

Las organizaciones que se hallan exentas a la hora de tributar el impuesto sobre sociedades son las sociedades civiles y entes sin personalidad jurídica (herencias yacentes, comunidades de bienes) y las sociedades civiles sin objeto mercantil (entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, partidos políticos, entidades benéficas o de utilidad pública, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales, asociaciones empresariales).

¿Cómo determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades?

Según lo establece la Agencia Tributaria, la base imponible del Impuesto sobre Sociedades será el importe de la renta obtenida en el período impositivo por el contribuyente sin importar su fuente u origen.

Esta base será minorada por la compensación de bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores.

La base imponible deberá ser determinada a través de una estimación directa o bien, a través de una estimación objetiva cuando la ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) determine su aplicación.

En el caso de la estimación directa, la base imponible deberá calcularse corrigiendo (mediante la aplicación de los preceptos establecidos en la ley del impuesto) el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio y de acuerdo a las leyes relativas a dicha determinación así como en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas.

En el método de estimación objetiva la base imponible se podrá determinar total o parcialmente mediante la aplicación de los signos, índices o módulos a los sectores de actividad que determine la ley del impuesto.

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