CAMBIO DE TITULARIDAD VEHÍCULOS
CAMBIO DE TITULARIDAD VEHÍCULOS
Cosas que no puedes olvidar a la hora de gestionar el cambio de titularidad de un vehículo
Introducción
¿Planeas comprar o vender un vehículo usado?
Desde el ámbito legal, existe un protocolo a seguir y, sobre todo, varios detalles que no debes olvidar, en el cambio de titularidad de un vehículo.
En esta sección, encontrarás respuestas a algunas de las principales preguntas frecuentes sobre este tema.
Si necesitas conocer detalles que apliquen a tu caso particular, sólo tiene que dejarnos un mensaje en el formulario a continuación:
Preguntas frecuentes
¿Qué cosas tomar en cuenta a la hora de hacer el cambio de titularidad de un vehículo?
He aquí las cosas más importantes a recordar:
- Tienes hasta un máximo de 30 días (a partir de la firma del contrato) para realizar el cambio de titularidad. Una vez hecho el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que será válido solamente si posee la inspección técnica de vehículos en vigor.
- Asegúrate que el vehículo que compras se halle en situación de alta administrativa y que cumpla todos los requisitos (en la siguiente pregunta frecuente hablamos con más detalle de estos requisitos).
- Tanto vendedor como comprador deberán firmar todas y cada una de las páginas que componen el contrato de compraventa del vehículo.
- El comprador deberá conservar una fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del vendedor.
- Es aconsejable que el contrato de compraventa incluya la hora de entrega del vehículo.
- Antes de efectuar el cambio de titularidad, deberás cumplir con los requerimientos relativos al impuesto de transmisiones patrimoniales tanto si se trata de un pago, de una exención o de no sujeción. Utiliza el modelo 620 o 621, según sea el caso.
Requisitos que deben cumplirse a la hora de hacer el cambio de titularidad
Es importante comprobar que el vehículo sea transferible, es decir, que se halle:
- libre de cargas,
- dado de alta y
- al día en el pago de impuestos locales y de sanciones relacionadas con el vehículo
Toda la documentación del vehículo deberá estar al día:
- seguro obligatorio,
- revisiones periódicas del vehículo (ITV)
- estado de conservación).
Es importante saber que la existencia de una reserva de dominio, embargo, o una orden de precinto sobre vehículo mismo puede generar limitaciones a la hora de realizar la transferencia o la notificación de venta.
A fin de que la transferencia del vehículo pueda llevarse a cabo sin problemas, el mismo deberá:
- estar en situación de alta administrativa.
- tener el impuesto de circulación del año anterior debidamente pagado.
- tener pagadas también las posibles infracciones del vehículo.
- estar libre de cualquier reserva de dominio que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles
- hallarse libre de embargos y precintos
Podrás realizar la comprobación de buena parte de estos datos solicitando el informe reducido del vehículo.
Finalmente, antes de realizar el cambio de titularidad en la DGT, deberás justificar también el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP).
¿Qué documentos debo tener a mano?
En caso de hacer el trámite por internet, deberás tener a mano los siguientes documentos:
- Certificado digital,
- DNI electrónico o credenciales de cl@ve para acceder al servicio.
- Comprobante de pago de las tasas correspondientes.
- Matrícula del vehículo a transferir así como el CIF/NIF/NIE tanto del vendedor como del comprador.
- Factura o contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor
- Justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621) liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente
En caso de realizar el trámite de forma presencial, deberás tener a mano los siguientes documentos:
- Solicitud en impreso oficial de cambio de titularidad. Este documento, debidamente relleno deberá estar firmado por el comprador y por el vendedor.
- Factura o contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor a fin de acreditar la transmisión del vehículo: .
- Identificación del comprador: documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
- En el caso de personas jurídicas será necesario presentar tarjeta de identificación fiscal, acreditación de la representación, documento de identidad del firmante.
- Justificante de pago con los datos de la tasa adquirida
- Tarjeta de crédito para realizar el pago
- Documento para identificar al vendedor. Bastará la fotocopia del DNI o alguno de los documentos consignados anteriormente.
- Justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621) liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente (salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura).